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TEMA: ACCIONES POPULARES. Objeto. El artículo 88 de la Carta consagra las acciones populares “para la protección de los derechos e intereses colectivos relacionados con el patrimonio, el espacio, la seguridad y la salubridad pública, la moral administrativa, el ambiente, la libre competencia económica y otros de similar naturaleza” que defina la ley. Requisitos necesarios para la protección de los derechos amparados en el literal d) del artículo 4º de la ley 472 de 1998, esto es, el goce del espacio público y la utilización y defensa de los bienes de uso público.


PONENTE: DR. JUAN CARLOS SOSA LONDOÑO


FECHA: 01/02/2019


TIPO DE PROVIDENCIA: Sentencia

 

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